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Auction 862, Lot # 10

1596 - Libramientos de Penas de Cámara de 50 Pesos de Oro Común por Año Imputadas a Diego Gentil, Repostero de la Real Audiencia.
"…En dose de diciembre de mil y quinientos y noventa y quatro años se libraron a dicho Gentil Repostero desta Real Audiencia cinquenta. pesos de oro comun. Por el salario de cuatro primeros meses deste dicho año que cumplio a fin de abril del … A razón de ciento y cinqueta pesos que le están señalados de salario cada un año en penas de cámara de los quales se le libraron los quarenta y cinco pesos tres tomines...".
Detalla el cobro, juicio por juicio, de las penas de cámara imputadas a Diego Gentil, de oficio repostero; así mismo su salario y la deducción correspondiente al pago de las penas, cobradas de su salario. El primer juicio es mencionado con la fecha 12 de diciembre de 1594 y el último 16 de mayo de 1596.
30 x 21 cm. Sin lacre, rasgadura central en margen derecho, pequeñas rasgaduras en márgenes y tercio inferior manchado.

Las penas de cámara corresponden al cobro de una pena pecuniaria aparte de una pena corporal impuesta a un individuo; es decir era un impuesto que se recababa para la cámara real (fisco). Fue hasta los reinados de Alfonso XI y Enrique III que se logró ordenar que delitos alcanzaban dicha pena y era de las acciones más socorridas por la corona para generar ingresos.
Véase en: Anuario de historia del derecho español, Dos ordenamientos sobre las penas pecuniarias para la Cámara del Rey (Alfonso XI y Enrique III), Cerdá Ruiz-Funes, Joaquín, 1947.
Estimado $ 4,000-6,000


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